#DigamosloCorrecto, campaña de la AAP busca que la ciudadanía esté mejor informada. Infracciones de tránsito son siempre responsabilidad del conductor y no del vehículo.
Para tener ciudadanos mejor informados, la AAP, gremio automotor peruano solicita a la SAT-Lima y a la SUNARP que se sumen al esfuerzo de aclarar esa situación.
AAP: Infracciones de tránsito son siempre responsabilidad del conductor y no del vehículo
A través de la campaña #DigamosLoCorrecto, la Asociación Automotriz del Perú (AAP) exige a las autoridades que corrijan una grave distorsión que generan las municipalidades provinciales en todo el Perú, interpretando de manera incorrecta el Reglamento Nacional de Tránsito, afectando así a los ciudadanos y a las distintas actividades económicas. Al respecto, Adrián Revilla, Gerente General de la AAP, explicó que “existe la percepción errónea de que las infracciones las cometen los vehículos y por tanto se genera una deuda administrativa (multa) hacia el vehículo, independientemente de quién sea el conductor o propietario, lo cual es abiertamente erróneo de acuerdo con el propio Reglamento Nacional de Tránsito y es necesario que se corrija esa lectura de las disposiciones”.
Sobre este tema, explicó el representante de la AAP, el gremio automotor viene realizando gestiones con las distintas instituciones públicas y privadas para que se tomen las medidas que sean necesarias para corregir esa errada interpretación; con el propósito de beneficiar a los usuarios finales y a la economía en su conjunto. “A pesar de nuestros esfuerzos, hasta el momento no hemos logrado ningún resultado positivo, por lo que ahora recurrimos a los ciudadanos haciendo pública nuestra preocupación”, apuntó.
Es en ese sentido, informó, la AAP ha enviado comunicaciones al SAT-Lima y a la SUNARP, solicitándoles que se sumen al esfuerzo de aclarar a los compradores de vehículos, y a todos los agentes involucrados en la transacción (como las notarías), que las multas que se imponen al propietario continuarán siendo de su responsabilidad aun cuando hayan vendido el vehículo a un tercero. “Quienes cometen las infracciones de tránsito son las personas, si bien lo realizan utilizando un vehículo, eso no significa que éste último sea el responsable de la acción. Un objeto no puede asumir la responsabilidad ni las infracciones de los actos de las personas, esa idea desafía cualquier lógica” aseguró a líder gremial.
Conductores son los responsables
A renglón seguido dijo que en el Reglamento Nacional de Tránsito vigente se señala expresamente que las infracciones de tránsito las comenten los conductores, asignando responsabilidad de pago a quien cometió la falta, no al vehículo.
Incluso, añadió Revilla, hay situaciones inadmisibles en que la responsabilidad del pago puede alcanzar al nuevo propietario del vehículo de forma indebida. “Es arbitrario y hasta podría considerarse un abuso de poder el que la administración tributaria o que las municipalidades inciten de manera indirecta al pago de las multas a terceros que les interese comprar un vehículo, en atención al temor de que el vehículo pueda ser intervenido y enviado a un depósito vehicular, a pesar de que dichas personas no son las obligadas al pago, pues no son quienes cometieron la falta o delito”, remarcó.
Pareciera un tema menor, pero como aclaró el Gerente General de la AAP, es todo lo contrario. Dicha práctica tiene consecuencias adversas para los usuarios, porque, además de entorpecer las operaciones de transferencias de vehículos, tiene un efecto nocivo al generar en el verdaderamente responsable la percepción de impunidad frente a infracciones de tránsito y de transporte, lo cual finalmente solo beneficia a los transgresores.
La única razón por la cual el nuevo propietario tendría que asumir una deuda, indicó Adrián Revilla, es en el caso que conste en el registro mobiliario que el vehículo está garantizando la acreencia de un tercero o conste que el mismo ha sido embargado.
Aumenta el riesgo
Interpretaciones equivocadas como la que comenta el funcionario gremial, lamentablemente extendidas por el uso y la costumbre, son hoy incluidas entre los parámetros de riesgo de una operación de financiamiento vehicular. La razón, explicó Revilla, es que la entidad financiera debe tomar todas las medidas necesarias para proteger la integridad de esos fondos, conformado en su mayor parte por dinero de los ahorristas.
Finalmente, Adrián Revilla remarcó que es importante que las instituciones involucradas con el tema (SAT-Lima, municipalidades y SUNARP) terminen con la práctica lamentablemente extendida de no aclarar y más bien confundir a los agentes que intervienen en la operación de compra y venta de vehículos, y de financiamiento, haciéndoles creer que las multas del propietario anterior van a perseguir al vehículo y, por lo tanto, al nuevo adquirente.