Las empresas administradoras de intermediación del servicio de transporte privado, saludamos la aprobación del Proyecto de la ley 842, efectuada por el Congreso de la República y que es el resultado de cerca de tres años de debate en el que han participado entidades del Sector Público, Privado, Sociedad Civil, expertos, entre otros y que, finalmente, pone al Perú a la par de la mayoría de países en el mundo que cuentan con una regulación para este sector. Carta Abierta sobre Proyecto de ley 842 – DiDi, Uber, Cabify y Yango.
La ley aprobada establece las condiciones generales para la operación de las plataformas digitales que intermedian el servicio privado de transporte de personas y se ajusta adecuadamente a las características específicas del servicio de transporte privado de personas a través de plataformas de movilidad, que son distintas del servicio público de taxi.
Importante: Carta Abierta sobre Proyecto de ley 842 – DiDi, Uber, Cabify y Yango
Estas empresas de tecnología operan bajo el modelo de economía colaborativa y conectan a cientos de miles de usuarios con conductores registrados en la aplicación quienes, de manera transparente, generan ganancias adicionales utilizando sus vehículos.
Dicha regulación es positiva por numerosas razones, entre ellas:
a. El MTC contará con un registro de las plataformas digitales.
b. La disponibilidad de la información de los conductores que brindan los servicios y de los viajes, en caso de requerimientos de la autoridad, lo que representa una garantía para usuarios pasajeros y usuarios conductores.
c. Brindará a los usuarios la posibilidad de conocer qué plataformas de intermediación están registradas y facilitará la estandarización de las condiciones de operación.
d. Optimizará el servicio de transporte privado, ya que a través de plataformas digitales se despliegan una serie de innovaciones tecnológicas.
e. Pondría al Perú a la par de la gran mayoría de países de la región y el mundo, que ya han establecido regulaciones para las plataformas de intermediación de movilidad.
Por ello
Exhortamos al Congreso de la República y al Ejecutivo la aprobación y promulgación de la ley y nos ponemos a disposición de las autoridades competentes para el proceso de reglamentación correspondiente.